Llamados a proyectos de investigación con contrapartida financiadora
- Fundación Manuel Perez
- 15 nov 2024
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(Cerrado)
En virtud de los artículos 593 y 596 de la Ley 16.763 las Fundaciones Universitarias y las Facultades de la Universidad de la República pueden recibir donaciones en el marco de un régimen de beneficios tributarios, y en el marco del Artículo 79, Capítulo XIII - Título 4 del Texto Ordenado de 1996, del artículo 271 de la Ley 18.834 del 4 de noviembre de 2011 y del Decreto 134/12 del 24 de abril de 2012.
De acuerdo a este marco legal, el Consejo de Administración de la Fundación “Manuel Pérez” realiza un llamado para administrar “Proyectos de Investigación y Fortalecimiento” para grupos de investigación que cuenten con una contrapartida financiadora:
Se administrará proyectos, ejecutables en un plazo preestablecido en el proyecto y no más allá de 36 meses a partir del inicio de la ejecución. El dinero debe ser ejecutado en el plazo establecido en el proyecto y no más allá del 31/12 del correspondiente año. La donación puede ser realizada en una o varias entregas.
El plazo límite para la presentación de proyectos será hasta el 15/11 de cada año, por correo electrónico de la Fundación “Manuel Pérez” – fumperez@gmail.com
Al momento de la inscripción, el investigador deberá presentar su proyecto de investigación junto con una carta de intención de donación de parte de la contrapartida financiadora (ver modelo adjunto). No se aceptarán proyectos que no adjunten dicha carta de intención. Este documento certifica ante el MEF la posibilidad real de la donación y evita la sobre evaluación de donaciones a recibir, observación realizada por el Ministro de Economía.
El dinero de la donación podrá ser utilizado para el fortalecimiento del grupo de investigación a través de: a) Recursos Humanos destinado(s) a estudiante (por ej. Pro.In.Bio.; PE.DE.CI.BA.) cuya función esté bien estipulada en el proyecto de investigación. b) Adquisición de insumos, equipamiento, material bibliográfico para el desarrollo del proyecto. c) Reparación, mejora y/o reforma de la infraestructura del laboratorio. d) Viajes a congresos y/o pasantías de formación científica académica en el país o en el extranjero. e) Cursos de formación y/o difusión. f) Actividades de difusión y presentación del conocimiento científico (Congresos, Jornadas, seminarios, publicaciones, etc).
Los proyectos serán evaluados por el Consejo de Administración de la Fundación Manuel Peréz.
Si el proyecto resultara seleccionado, la donación por parte de la agencia financiadora deberá ser efectuada indefectiblemente antes del 31 de diciembre del año, cada año de vigencia del proyecto.
Los ingresos y egresos de los proyectos serán documentados contablemente para su presentación al MEF a través del informe de Contador Público de Revisión Limitada, como establece la ley.
Una vez abierto el llamado, las dudas, aclaraciones o comentarios sobre las bases y/o el proceso de selección solo se recibirán por nota dirigida al Consejo de Administración de la Fundación “Manuel Pérez”.
Documentos a ser presentados: a) Envío de Correo Electrónico del proyecto. b) Carta de intención de donación del donante. FormularioCarta de intención donación
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